Reglamento español de IVD 2025: nuevas actualizaciones del Real Decreto para fabricantes, patrocinadores y laboratorios de IVD

El 21 de octubre de 2025, el Consejo de Ministros aprobó el nuevo Real Decreto de España para los productos sanitarios de diagnóstico in vitro. La AEMPS confirmó la aprobación y explicó que el decreto complementa el IVDR (UE) 2017/746, refuerza la protección del paciente y añade normas nacionales sobre idioma, fabricación interna, estudios de rendimiento y vigilancia. Este desarrollo consolida el Reglamento español de IVD 2025 y establece obligaciones claras para fabricantes, promotores y laboratorios. (Anuncio oficial: AEMPS)

Reglamento español de IVD 2025: qué ha cambiado y por qué es importante

El Reglamento español de IVD 2025 sustituye al Real Decreto 1662/2000. Aclara cómo se aplica el IVDR en España y cubre las opciones de los Estados miembros, incluida la autoridad competente, el régimen lingüístico, los productos de fabricación interna del artículo 5, apartado 5, las pruebas y el asesoramiento genéticos, un registro nacional de comercialización, la autorización de estudios de rendimiento y la vigilancia y el control del mercado.

El reglamento tiene como objetivo aumentar la calidad, garantizar la trazabilidad y acelerar las medidas correctivas. También mejora el acceso a ciertos autotest a través de los canales de farmacia.

Guía rápida para equipos ocupados (fabricantes, patrocinadores, laboratorios)

  • Confirme qué cambios supone el Reglamento español de IVD 2025 para su función.
  • Licencias de mapas, registro, idioma, Artículo 5(5), ISO 15189, estudios de rendimiento y vigilancia para propietarios y plazos.
  • Prepare materiales en español y configure flujos de trabajo de trazabilidad e informes de incidentes.
  • Los laboratorios deben planificar las notificaciones ISO 15189 y del Artículo 5(5) a la AEMPS.

Autoridad competente y normas lingüísticas en virtud del Reglamento español de IVD 2025

La AEMPS es la autoridad competente para los IVD en España. Según el Reglamento español de IVD 2025, los materiales dirigidos al usuario para los productos comercializados en España deben aparecer en español. Esto incluye las etiquetas, las IFU y los avisos de seguridad. Las presentaciones reglamentarias a la AEMPS deben incluir contenido en español. Se pueden añadir idiomas cooficiales, pero el español es obligatorio.

Licencias de establecimiento: fabricantes, esterilizadores e importadores

El Reglamento español de IVD 2025 exige licencias de funcionamiento para fabricantes, esterilizadores e importadores antes de que comercialicen los productos. La AEMPS evalúa las instalaciones, el personal y los sistemas de calidad.

Cada centro debe designar a un Técnico Responsable (función nacional) y cumplir con la supervisión del IVDR dirigida por un PRRC. Una persona cualificada puede cubrir ambos si cumple los criterios.

Norma transitoria: Los fabricantes externos existentes tienen hasta un año desde la entrada en vigor para obtener la nueva licencia. Las licencias existentes siguen siendo válidas hasta su renovación o modificación, que entonces seguirá el nuevo procedimiento.

Registro de marketing y trazabilidad

El decreto crea un registro de comercialización español para los productos comercializados. Los fabricantes, representantes autorizados e importadores deben notificar la información del producto para apoyar la trazabilidad y la vigilancia del mercado. El registro complementa a EUDAMED y UDI.

Regla transitoria: España activará las notificaciones cuando el registro esté operativo. Hasta entonces, utilice los canales nacionales existentes.

Productos de fabricación interna (artículo 5, apartado 5, del IVDR): qué deben hacer ahora los laboratorios

Alcance e intención

El Reglamento español de DIV 2025 regula los DIV de fabricación interna realizados y utilizados dentro de la misma institución sanitaria. Los laboratorios deben justificar la necesidad: un producto comercial con marcado CE no puede satisfacer la necesidad clínica específica. No hay producción a escala industrial. No hay suministro comercial a terceros.

Calidad y documentación

Los productos de fabricación interna deben cumplir los GSPR del IVDR. Los laboratorios deben mantener un expediente técnico (finalidad prevista, gestión de riesgos, rendimiento analítico y clínico, V&V, POE y etiquetado para uso interno).

Acreditación ISO 15189

Los laboratorios que fabrican productos de fabricación interna deben obtener la acreditación ISO 15189 para el ámbito de la fabricación. España vincula esto al calendario de transición.

Notificación a la AEMPS

Antes de iniciar la fabricación interna, los laboratorios deben notificar a la AEMPS y presentar la declaración del artículo 5, apartado 5. Deben designar a una persona responsable del proceso de fabricación interna.

Pruebas genéticas: información y asesoramiento

El Reglamento español de IVD 2025 exige información clara y asesoramiento adecuado para las pruebas genéticas. Los profesionales sanitarios deben explicar los límites, las implicaciones y la interpretación de los resultados. Esta obligación se aplica antes y después de las pruebas.

Los profesionales y centros sanitarios deben obtener el consentimiento informado explícito de las personas antes de realizar una prueba genética. Se debe informar al paciente sobre la naturaleza y el propósito de la prueba y dar su consentimiento por escrito (excepto cuando la ley pueda eximir ciertos exámenes de salud pública). Esto va más allá del consentimiento estándar, reconociendo las implicaciones personales y familiares de los datos genéticos.

Antes de la prueba, se debe informar a los pacientes sobre lo que la prueba puede y no puede decirles, y después de la prueba, un profesional cualificado debe explicar los resultados y cualquier seguimiento recomendado. Este requisito garantiza que las pruebas genéticas (como las de riesgo de enfermedades hereditarias) no se realicen sin contexto ni apoyo, lo que ayuda a los pacientes a tomar decisiones informadas.

Estas obligaciones se aplican a los IVD genéticos, independientemente de si se realizan internamente o como pruebas comerciales. Por ejemplo, un kit de pruebas genéticas de venta directa al consumidor (si se permite en el mercado) debería ir acompañado de procesos que garanticen que el comprador reciba la información y el asesoramiento necesarios. Sin embargo, la mayoría de las pruebas genéticas se administran en entornos clínicos; el decreto estandariza efectivamente la práctica del asesoramiento genético como parte de las pruebas.

Estudios de rendimiento en España

Todos los estudios de rendimiento en España deben obtener primero una opinión favorable de un Comité de Ética de la Investigación (CEI) acreditado y la autorización de la dirección del centro de salud donde se vaya a realizar el estudio. Esto se aplica a cualquier estudio que utilice muestras o datos humanos para evaluar el rendimiento de un DIV, garantizando que las consideraciones éticas (consentimiento informado, protección de datos, etc.) se aborden desde el principio.

¿Cuándo necesita autorización?

Los estudios de rendimiento clínico intervencionistas y otros estudios que impliquen riesgos requieren la autorización de la AEMPS antes del primer participante. La aprobación ética sigue siendo obligatoria.

Qué deben preparar los patrocinadores

  • Protocolo español (CPSP), folleto del investigador y consentimiento informado.
  • Seguro/indemnización para los participantes y un marco de responsabilidad claro. El decreto exige explícitamente una indemnización por daños y define el régimen de responsabilidad para los promotores. Los promotores deben presupuestar una póliza de seguro de ensayo clínico y seguir las normas del decreto sobre los mínimos y las condiciones de cobertura (similares a los requisitos del seguro de ensayo de medicamentos en España).
  • Planes de monitorización, gestión de datos e informes de seguridad alineados con el IVDR. Una vez finalizado el estudio, los resultados (ya sean positivos, negativos o no concluyentes) deben documentarse y es posible que deban notificarse en la base de datos pública o a la AEMPS.

Estudios con productos con marcado CE

Si el estudio añade procedimientos invasivos o gravosos o se sale del uso previsto, los patrocinadores deben solicitar la autorización y notificarlo a la AEMPS.

Vigilancia y control del mercado

El Reglamento español de IVD 2025 refuerza la vigilancia. Los fabricantes deben notificar los incidentes graves y las FSCAs a la AEMPS. Los profesionales e instituciones sanitarias también deben notificar los incidentes. Las autoridades coordinarán las inspecciones y las acciones de control del mercado.

Por ejemplo, si una prueba IVD arroja resultados falsos que causan daño al paciente, el fabricante tiene que notificar a la AEMPS y presentar un aviso de seguridad en español para que los usuarios en España puedan estar adecuadamente informados. Esto garantiza que la información de seguridad crítica se comunique y mitigue eficazmente en el contexto local.

El decreto enfatiza que los profesionales sanitarios, las instituciones sanitarias e incluso los pacientes/usuarios tienen la responsabilidad de notificar cualquier incidente grave sospechoso a la AEMPS. Por lo tanto, España está reforzando una cultura de vigilancia: un laboratorio que se encuentre con un mal funcionamiento de un producto o un médico que observe un patrón de resultados erróneos debe alertar a las autoridades. Cuanto más completa sea la notificación, mejor podrá intervenir la AEMPS para prevenir daños.

Acceso a autotest y canales de farmacia

En particular, las nuevas normas eliminan el requisito de prescripción para los kits de autoevaluación en el hogar (por ejemplo, autoevaluaciones de glucosa, embarazo, COVID-19, etc.), haciéndolos más accesibles. Sin embargo, incluso sin necesidad de receta, estos productos de autodiagnóstico solo pueden venderse a través de farmacias (en la tienda o a través de un sitio web oficial de la farmacia) para garantizar una orientación adecuada sobre su uso. Las pruebas de alto riesgo o las que se utilizan para decisiones críticas pueden seguir requiriendo una receta o una administración profesional.

Cronogramas de transición que debe seguir

  • Entrada en vigor: El decreto entra en vigor tras su publicación en el BOE.
  • Licencias: Los fabricantes externos existentes tienen hasta un año para obtener la nueva licencia de funcionamiento.
  • Registro de comercialización: Las obligaciones de notificación comienzan cuando el registro se pone en marcha.
  • Dispositivos de fabricación propia: España aplica los plazos del IVDR. Los laboratorios deben cumplir las condiciones del artículo 5(5) y la norma ISO 15189 en las fechas establecidas en las disposiciones transitorias y la orientación relacionada.
  • Dispositivos existentes: España respeta la transición del IVDR para los IVD existentes y conserva los procesos específicos de la antigua normativa hasta que los sistemas cambien por completo.

Implicaciones por parte interesada

Fabricantes de IVD

  • Asegure o actualice las licencias de funcionamiento.
  • Localice las etiquetas/IFU al español.
  • Prepare los datos del registro de comercialización.
  • Refuerce las interfaces de PMS y vigilancia con la AEMPS.

Patrocinadores

  • Planifique la autorización para estudios de rendimiento que impliquen riesgos.
  • Cree expedientes y seguros listos para España.
  • Prepare el IB español, los formularios de consentimiento y los materiales para el paciente. Nota: La AEMPS puede permitir una versión en inglés del IB si el Comité de Ética no plantea ninguna objeción.

Hospitales y laboratorios privados

  • Confirme la elegibilidad del artículo 5(5) y prepare la documentación técnica para la prueba de fabricación propia.
  • Obtenga la norma ISO 15189 para el alcance de la fabricación.
  • Notifique a la AEMPS y asigne a la persona responsable interna.
  • Actualice los PNT de consentimiento para pruebas genéticas y asesoramiento.

Cómo le ayuda MDx CRO a ejecutar

Estrategia y presentaciones reglamentarias

Alineamos el IVDR con el Reglamento español de DIV 2025 y preparamos las presentaciones a la AEMPS (licencias, notificaciones, incorporación al registro de comercialización cuando esté en marcha).

ISO 15189 y artículo 5(5)

Realizamos evaluaciones de deficiencias, elaboramos POE y guiamos a los laboratorios hacia la acreditación ISO 15189 para la fabricación interna. Preparamos la declaración del artículo 5, apartado 5, y el paquete de notificación a la AEMPS.

Estudios de rendimiento

Planificamos y gestionamos estudios de rendimiento intervencionistas y que impliquen riesgos en España. Gestionamos la autorización de la AEMPS, las presentaciones éticas, la supervisión y la notificación de seguridad. MDx también puede actuar como su representante legal de estudios de rendimiento IVD en la UE.

Vigilancia y PMS

Diseñamos marcos de PMS, flujos de trabajo de incidentes y FSN que cumplen con la normativa española. Le ayudamos a interactuar con la AEMPS y a prepararse para las inspecciones.

Written by:
David Tomé

David Tomé

Director

Líder en investigación clínica y emprendedor en tecnología médica con amplia experiencia en dispositivos médicos, diagnósticos in vitro y medicina de precisión, con experiencia en estudios a nivel mundial.
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Período de transición del MDR: documento de preguntas y respuestas actualizado, cambios y aclaraciones

La reciente modificación del Reglamento de productos sanitarios (MDR) y del Reglamento sobre productos sanitarios para diagnóstico in vitro (IVDR) a través del Reglamento (UE) 2023/607 ha introducido cambios cruciales para salvaguardar la salud pública, priorizar la seguridad del paciente y evitar interrupciones en los servicios sanitarios. El documento de preguntas y respuestas sobre la ampliación del período de transición del MDR y la eliminación de los períodos de «liquidación de existencias» se ha actualizado (julio de 2023) en respuesta.

Cambios clave en el documento de preguntas y respuestas sobre el período de transición del MDR

MDx CRO había publicado previamente un resumen exhaustivo del documento de preguntas y respuestas de la Comisión Europea.

Las siguientes preguntas del documento de preguntas y respuestas han experimentado cambios significativos:

  • Pregunta y respuesta n.º 1: La Comisión proporcionará diagramas de flujo para ayudar a los fabricantes y a otras partes interesadas a determinar si un producto entra dentro del período transitorio ampliado especificado en el artículo 120 del MDR.
  • Pregunta y respuesta n.º 2: Aclara que una carta de un organismo notificado relativa a la expiración del certificado o a una eliminación gradual controlada de la producción, acordada mutuamente por el organismo notificado y el fabricante antes del 20 de marzo de 2023, no se considera una retirada del certificado.
  • Pregunta y respuesta n.º 7: Los fabricantes deben proporcionar una autodeclaración que confirme su cumplimiento de las condiciones de ampliación e indique la fecha de finalización del período de transición. Pueden incluir una «carta de confirmación» del organismo notificado, que identifique los productos y certificados cubiertos. Las plantillas para la autodeclaración y la carta de confirmación del organismo notificado están disponibles en este enlace. Además, una hoja informativa actualizada para las autoridades competentes de países no pertenecientes a la UE/EEE explica el funcionamiento del período de transición ampliado.
  • Pregunta y respuesta n.º 8: Aclara que, al presentar información, los organismos notificados (según el artículo 36, apartado 2, del MDR) deben tener la capacidad de incluir el documento (digital) pertinente en sus propios registros. No se considera suficiente tener simplemente acceso de «solo lectura» a la plataforma de datos electrónica del fabricante.
  • Pregunta y respuesta n.º 17: Los fabricantes deben informar al organismo notificado sobre los productos que requieren vigilancia, especialmente si las actividades de vigilancia se interrumpieron debido a la expiración del certificado antes del 20 de marzo de 2023. Esta información permite al organismo notificado llevar a cabo una vigilancia adecuada y tomar las medidas necesarias con el fabricante.

Nuevas adiciones al documento de preguntas y respuestas

Las siguientes preguntas se han introducido recientemente en el documento de preguntas y respuestas sobre el período de transición del MDR:

  • Pregunta y respuesta n.º 6.1: Si una autoridad competente concede una excepción nacional en virtud del artículo 59 del MDR o exige a un fabricante que siga el procedimiento de evaluación de la conformidad aplicable según el artículo 97 del MDR después del 20 de marzo de 2023, no se aplica el período transitorio ampliado especificado en el artículo 120, apartado 3 bis, del MDR.
  • Pregunta y respuesta n.º 6.2: Si la retirada del marcado CE es una condición o consecuencia de la excepción concedida por la autoridad nacional competente de acuerdo con el artículo 59 del MDR, el producto aún puede comercializarse con un marcado CE, siempre que se cumplan todas las demás condiciones.
  • Pregunta y respuesta n.º 9.1: Si un fabricante retira la solicitud de evaluación de la conformidad o rescinde el acuerdo escrito con el organismo notificado después de los plazos, finaliza el período transitorio ampliado. Sin embargo, si el fabricante cambia a otro organismo notificado y cumple todas las condiciones, el período transitorio continúa. Es necesaria una documentación actualizada después del cambio, excepto cuando se cambian los organismos notificados debido al incumplimiento.
  • Pregunta y respuesta n.º 9.2: La organización del fabricante puede experimentar cambios administrativos, como cambios de nombre, dirección o forma jurídica, que generalmente no afectan al período transitorio durante el período de transición ampliado. Sin embargo, la transferencia de productos de un fabricante certificado según MDD/AIMDD a otro fabricante que tenga la intención de comercializarlos según MDR no está cubierta por el período transitorio, a menos que ambos fabricantes formen parte de la misma organización más grande.
  • Pregunta y respuesta n.º 11.1: No se exige a los productos existentes que cumplan los requisitos de identificación única del producto (IUP) del MDR durante el período transitorio ampliado. Incluso después del 26 de mayo de 2024, cuando el fabricante del producto existente debe tener un sistema de gestión de calidad (SGC) que cumpla con el MDR, los requisitos de IUP solo se aplicarán si la asignación de IUP es necesaria para esos productos de acuerdo con el artículo 10, apartado 9, letra h), del MDR.

Transición al MDR con MDx CRO

En conclusión, estos recientes cambios y adiciones a las regulaciones de productos sanitarios son hitos importantes que armonizan los estándares de la industria y garantizan una transición fluida para los productos existentes, priorizando la seguridad y la salud pública. El documento de preguntas y respuestas sirve como una herramienta esencial para los fabricantes, los organismos notificados y las autoridades competentes que navegan por el panorama regulatorio en evolución dentro de la Unión Europea.

Aproveche la experiencia de MDx CRO para garantizar el cumplimiento del MDR y cumplir con los requisitos del período de transición. La asociación con MDx CRO permite a los fabricantes cumplir con los estándares de seguridad, desbloquear oportunidades en el mercado sanitario europeo y contribuir a los avances sanitarios.

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