Navegando por la vía de certificación IVDR CDx

El panorama en evolución de los diagnósticos complementarios (CDx) introduce complejidades en los procesos regulatorios y de certificación. Participar en la consultoría de diagnóstico complementario IVDR es esencial para garantizar un recorrido ágil y conforme.

Descifrando los matices regulatorios: EE. UU. vs. UE

Históricamente, los dispositivos CDx en la UE se autocertificaban bajo la IVDD. Es posible que un fabricante de CDx haya tenido experiencia con la FDA, pero el proceso regulatorio en la UE solo está emergiendo ahora.

El IVDR de la UE define un CDx como un dispositivo que es esencial para el uso seguro y eficaz de un producto medicinal correspondiente para identificar, antes y/o durante el tratamiento:

  • Pacientes con más probabilidades de beneficiarse del producto medicinal correspondiente
  • Pacientes con probabilidades de tener un mayor riesgo de reacción adversa grave como resultado del tratamiento con un producto medicinal correspondiente

La definición de la FDA es similar, pero se extiende a los dispositivos utilizados para «monitorear las respuestas al tratamiento con un producto terapéutico particular». A diferencia de los EE. UU., tales dispositivos no se consideran diagnósticos complementarios en la UE. Además, la FDA reconoce una categoría de dispositivos denominados diagnósticos complementarios. Estos diagnósticos se caracterizan como pruebas que señalan a un grupo de pacientes, identificados por biomarcadores específicos, que responden bien a un fármaco. Si bien ayudan a evaluar la relación riesgo-beneficio para pacientes individuales, no son obligatorios para la administración de fármacos. Dentro del marco IVDR, los diagnósticos complementarios no se detallan explícitamente, ni tienen requisitos previos específicos para la certificación CE

Estos matices son clave para cualquier estrategia regulatoria de CDx y para la planificación de ensayos clínicos de CDx. Una empresa de consultoría de CDx IVDR especializada como MDx CRO puede ayudar a las empresas de diagnóstico y a sus socios farmacéuticos a navegar por las diferencias globales y garantizar el cumplimiento normativo de CDx.

El proceso de consulta de la EMA

La guía de la EMA se erige como un componente fundamental en la consultoría de diagnóstico complementario IVDR. La plantilla de informe de evaluación de CDx de la EMA, disponible públicamente, proporciona un plan integral. Es una gran fuente de información sobre las expectativas en el contenido de la presentación de CDx, particularmente útil para cuando se redactan los SSP y los IFU.

MDx CRO publicó una guía completa del proceso de consulta de CDx.

El proceso abarca:

  • Declaración de intenciones.
  • Nombramiento del ponente de la EMA.
  • Reunión previa a la presentación opcional, pero muy recomendable.
  • Presentación de la solicitud.
  • Fases interactivas de preguntas y respuestas.
  • Veredicto final de la EMA.

Elaboración de SSP e IFU con detalle

Para una certificación IVDR CDx exitosa, los documentos SSP e IFU deben detallarse meticulosamente, ya que son los 2 documentos clave utilizados durante el proceso de consulta de la EMA.

Los fabricantes de diagnósticos deben asegurarse de incluir:

  • Énfasis en la validez científica del biomarcador
  • Detalle completo sobre la evaluación del rendimiento, descripciones del diseño del estudio, que abarquen tanto el rendimiento analítico como el clínico.
  • Información sobre los datos clínicos, detalles sobre las modificaciones del dispositivo durante o después del estudio de rendimiento clínico y los impactos asociados, la justificación para la selección del punto de corte y más.

Una inmersión profunda en el análisis de riesgo-beneficio es fundamental, concentrándose en los principales riesgos residuales y las limitaciones del dispositivo.

Consideraciones de tiempo para la certificación IVDR CDx

El proceso de certificación para CDx bajo IVDR es extenso. Desde la notificación inicial de 3 meses de la EMA hasta la recomendación final, el cronograma puede abarcar de 8 a 18 meses. Tales duraciones extendidas subrayan la criticidad de los preparativos tempranos. Involucrarse temprano con una empresa de consultoría de CDx especializada puede ayudar a evitar sorpresas y optimizar el proceso de certificación de CDx.

La experiencia ofrecida por el organismo notificado puede enriquecer significativamente la certificación de diagnóstico complementario IVDR. Los compromisos tempranos, antes de la presentación de documentos, pueden proporcionar claridad, asegurando la alineación con los requisitos de la EMA.

Seleccionando a su socio consultor de IVDR CDx

MDx CRO ha publicado una inmersión profunda en los factores cruciales a tener en cuenta al elegir un consultor de IVD.

En el dinámico ámbito de CDx, la navegación eficiente es primordial. Si busca información especializada sobre la certificación IVDR, explore nuestros servicios de IVD. En MDx CRO, nuestros expertos ofrecen consultoría de diagnóstico complementario IVDR a medida, lo que garantiza una integración óptima de CDx dentro del marco regulatorio.

Póngase en contacto con nuestro equipo hoy mismo para analizar las necesidades de su producto CDx!

Written by:
Carlos Galamba

Carlos Galamba

CEO

Líder sénior en materia de regulación y antiguo revisor de BSI IVDR con amplia experiencia en el marcado CE de IVD de alto riesgo, diagnósticos complementarios y la implementación de IVDR.
Industry Insights & Regulatory Updates

Estudios de rendimiento IVDR y la revisión de la norma ISO 20916:2024

Planning a clinical performance study under IVDR in 2026 requires more than regulatory awareness, it requires strategic alignment with ISO 20916:2024.

This article breaks down what ISO 20916:2024 means in practice, how it interacts with IVDR, the key differences you must consider before designing your study, and how to position your project for regulatory success.

What changed with ISO 20916:2024 and how it affects your study strategy

ISO 20916:2024, Clinical performance studies using specimens from human subjects: Good study practice, was first introduced in 2019. In March 2024, it was published as EN ISO 20916:2024, marking a major step in ISO 20916 2024 IVDR harmonization IVD studiesacross Europe. This update aligns clinical performance study requirements directly with the IVDR.

In today’s rapidly evolving IVD landscape, safety and performance remain top priorities. ISO 20916 provides a solid framework to ensure clinical performance studies are planned, executed, recorded, and reported with scientific rigor. Its goal is simple: ensure IVD studies are ethical, reliable, and aligned with regulatory expectations.

This standard supports robust study design, promotes high‑quality data generation, and strengthens compliance for IVD manufacturers navigating the IVDR.

Planning a clinical performance study in 2026?

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The Role of Annex ZA in IVDR Performance Studies

The March 2024 revision introduced a key milestone: Annex ZA, which formally harmonizes ISO 20916 with the IVDR. While the IVDR already referenced ISO 20916, the addition of Annex ZA creates a unified regulatory pathway for clinical performance studies.

Annex ZA bridges the remaining gaps between the standard and the regulation. As a result, manufacturers benefit from clearer expectations and a more predictable approval process.

EN ISO 20916:2024 was approved by CEN without modification, reinforcing its relevance for EU regulatory compliance. However, at the time of writing, official recognition of ISO 20916:2024 as an IVDR harmonized standard in the EU Official Journal is still pending.

Note: As of the date this article was written, the official recognition of ISO 20916:2024 as an IVDR harmonized standard for clinical performance studies in theEuropean Union’s Official Journal was awaiting confirmation.

How Annex ZA Connects ISO 20916:2024 with IVDR Requirements

1. Presumption of Conformity

Compliance with the ISO 20916 clauses listed in Table ZA.1 gives manufacturers a presumption of conformity with IVDR GSPRs. This presumption simplifies regulatory alignment across IVD clinical performance studies.

2. Definition Alignment

When definitions differ between ISO 20916 and the IVDR, Annex ZA prioritizes IVDR terminology. This ensures consistency across regulatory submissions.

3. Risk‑Management Updates

Annex ZA strengthens risk‑management expectations. It requires alignment with IVDR principles such as “reducing risks as far as possible.” It also notes that ISO 20916 does not include foreseeable misuse, while the IVDR does—requiring sponsors to bridge this gap.

4. Acceptable Risk Policies

Manufacturers must align acceptable risk decisions with specific GSPRs. Annex ZA also clarifies that while ISO 20916 excludes training as a risk‑reduction measure, the IVDR allows it.

ISO 20916 vs IVDR: A Practical Comparison for Study Design

TopicISO 20916IVDR
Annex XIV studiesNo specific terminology for surgically invasive sample takingRecognizes surgically invasive sampling as Annex XIV study
Adverse eventsStructured categorization (device-related / non-device-related, serious, anticipated)Less prescriptive
CPSPDetailed specimen requirementsRequires reference to state of the art
MonitoringPrescriptive; allows rationale for remote monitoringRequires independent monitor
Informed consentHighly detailed frameworkLess detailed

Where ISO 20916 and IVDR Align

  • Despite some differences, the ISO and IVDR frameworks remain closely aligned in key areas:
  • Clinical performance parameters: Nearly identical, except ISO 20916 omits expected values for normal and affected populations.
  • Ethical considerations: ISO 20916 provides more detail, defining responsibilities for sponsors and investigators.
  • Bias mitigation: ISO 20916 offers explicit direction on preventing population, protocol, and reference‑method bias.
  • Site qualification: More detailed under ISO 20916, specifying resources, equipment validation, and QMS expectations.
  • CPSR content: ISO 20916 includes additional requirements, especially for interventional studies.
  • Comparator devices: The standard requires clear listing with commercial name, manufacturer, and catalog number.
  • Investigator’s Brochure: Both the IVDR and ISO 20916 are aligned, though ISO adds more detail on risk‑benefit documentation.

Who Should Apply EN ISO 20916:2024 in 2026?

  • Manufacturers of in vitro diagnostic medical devices
  • In vitro diagnostic clinics and laboratories
  • Test centres for in vitro diagnostic medical devices
  • Regulatory authorities
  • IVDR Notified Bodies
  • IVD Clinical research organizations (CROs)
  • Investigators and sponsors

Advantages of Applying EN ISO 20916 in IVD Performance Studies

  • Robust Results: It ensures high-quality, accurate, and reliable data generation, pivotal for safe healthcare decisions.
  • Ethical Standards: It upholds the rights, safety, dignity, and well-being of study subjects.
  • Study Planning and Conduct: It facilitates the meticulous planning and execution of IVD performance studies, ensuring regulatory and ethical compliance alongside scientific validity.
  • Compliance and Clarity: It provides a framework for compliance with IVDR, clarifying roles and responsibilities of all parties involved.
  • Risk Management: It emphasizes subject safety, especially regarding specimen collection risks, and ensures data integrity.

Implications for Sponsors and CROs Conducting IVD Performance Studies

The integration of ISO 20916 with the IVDR, highlighted by the inclusion of Annex ZA, significantly transforms IVD clinical performance studies and CRO operations. This crucial alignment demands a comprehensive revision in study design, execution, and reporting methodologies, highlighting the importance of compliance with the unified ISO 20916 and IVDR standards. It emphasizes the need for robust quality and risk management systems and ethically responsible study development.

This evolution signifies more than standard adherence; it represents a commitment to elevating IVD performance and efficacy in line with the highest EU regulatory standards. It requires IVD stakeholders, including CROs, sponsors and manufacturers, to deeply understand and agilely apply these standards, not only for compliance but to set new quality and safety benchmarks in diagnostics.

This commitment is fundamental to advancing patient care and public health, marking a significant step forward in regulatory compliance and industry excellence.

Since its foundation, MDx CRO has consistently used ISO 20916 as the benchmark for all our IVD clinical performance studies. The release of Annex ZA and its harmonization with IVDR reinforces our status as the leading CRO for IVD clinical performance studies.

Achieving Success in IVD Clinical Performance Studies

At MDx CRO, we navigate the complexities of IVDR and the latest ISO 20916 revision for in vitro diagnostic (IVD) studies with unmatched expertise. Our commitment to rigorous clinical operations ensures that every clinical performance study meets all regulatory standards, incorporating strategic risk management and adaptability for maximum compliance and integrity.

Partnering with us offers manufacturers a significant advantage, rigorously evaluating IVDs to ensure adequate performance and safety, a critical component of regulatory approvals.

Choose MDx CRO for excellence in IVD clinical performance studies, driving success and enhancing patient outcomes. Contact us for a discussion today!

Frequently Asked Questions about ISO 20916:2024 in 2026

Does ISO 20916:2024 apply to all IVD performance studies under IVDR?

ISO 20916:2024 provides a structured framework for the design, conduct, recording, and reporting of clinical performance studies involving IVD medical devices. While IVDR sets the legal requirements, ISO 20916 supports sponsors in demonstrating compliance through a harmonized and internationally recognized standard. Not all studies are identical in scope or risk level, but for interventional and other performance studies involving risk to subjects, alignment with ISO 20916 is strongly recommended to ensure methodological and documentation consistency.

What is the practical relevance of Annex ZA in ISO 20916:2024?

Annex ZA explains the relationship between ISO 20916:2024 and the requirements of IVDR. It maps the clauses of the standard to the corresponding IVDR provisions, helping sponsors understand how applying the standard supports regulatory compliance. In practice, Annex ZA serves as a bridge between operational study conduct and regulatory expectations under IVDR.

Why is ISO 20916:2024 strategically important for sponsors in 2026?

In 2026, regulatory scrutiny around clinical evidence and performance data continues to increase. ISO 20916:2024 offers a structured and prescriptive framework that reduces ambiguity in study design, monitoring, and documentation. For sponsors, early alignment with ISO 20916 can help minimize deficiencies during review, improve study robustness, and support smoother interactions with Notified Bodies.

Is ISO 20916:2024 mandatory under IVDR?

ISO 20916:2024 is not a regulation. IVDR is legally binding, whereas ISO 20916 is a standard. However, when recognized as harmonized, applying the standard provides a presumption of conformity with relevant IVDR requirements. Even where not mandatory, it is widely considered best practice for structuring clinical performance studies.

Written by:
Carlos Galamba

Carlos Galamba

CEO

Líder sénior en materia de regulación y antiguo revisor de BSI IVDR con amplia experiencia en el marcado CE de IVD de alto riesgo, diagnósticos complementarios y la implementación de IVDR.
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Ensayos clínicos de DIV: lo que se debe y no se debe hacer

¿Cuáles son algunas de las cosas más importantes que debe saber para los ensayos clínicos de DIV? Siga leyendo para obtener más información.

Los diagnósticos in vitro (DIV) son pruebas que se realizan en muestras biológicas, como sangre o tejido, para diagnosticar o controlar afecciones médicas. Los dispositivos DIV están saliendo con características nuevas y mejoradas que conducen a resultados más precisos que nunca.

Según un informe de Grand View Research, se espera que el mercado mundial de DIV alcance los 113 380 millones de dólares en 2030, con una demanda creciente de detección temprana de enfermedades, medicina personalizada y avances tecnológicos que impulsan el crecimiento.

Sin embargo, desarrollar y comercializar un dispositivo DIV a menudo requiere extensos ensayos clínicos (o estudios de rendimiento clínico de DIV, como se menciona en el Reglamento (UE) 2017/746 sobre los DIV). Deben diseñarse para demostrar un rendimiento clínico suficiente y el cumplimiento de los requisitos generales de seguridad y rendimiento (RGSR).

Los ensayos clínicos desempeñan un papel crucial en el desarrollo y la aprobación de productos DIV, pero navegar por el complejo panorama regulatorio puede ser un desafío.

Así que aquí exploraremos lo que se debe y no se debe hacer en los ensayos clínicos de DIV, centrándonos en las consideraciones clave para el diseño del estudio, el reclutamiento, la gestión de datos y el cumplimiento normativo. Esto conducirá a un mejor éxito en el mercado para el producto. Siga leyendo para saber más.

Ensayos clínicos de DIV: lo que se debe hacer

Esto es lo que debe considerar hacer al realizar ensayos clínicos.

1. Elabore un plan integral de estudio del rendimiento clínico

El desarrollo de un plan integral de estudio del rendimiento clínico es fundamental para el éxito de los ensayos clínicos de DIV. El plan debe incluir los objetivos, el diseño, los criterios de valoración, el tamaño de la muestra, los criterios de inclusión/exclusión y el plan de análisis estadístico del ensayo. El plan también debe indicar el tipo de diseño del estudio, como observacional o de intervención, y cumplir con los requisitos reglamentarios.

También debe haber un cronograma detallado, un presupuesto y un plan de gestión de riesgos. Esto garantizará que el ensayo se lleve a cabo de manera eficiente, segura y con el cumplimiento normativo necesario.

2. Priorice la seguridad del paciente

La seguridad del paciente o participante debe ser la máxima prioridad en cualquier estudio clínico, incluido el estudio del rendimiento clínico de DIV. El plan de estudio del rendimiento clínico debe incluir medidas para garantizar la seguridad del paciente, como el seguimiento de los acontecimientos adversos y la aplicación de normas de interrupción de la seguridad.

Se debe informar a los pacientes de los posibles riesgos y beneficios antes de participar en el ensayo, y se debe obtener su consentimiento de acuerdo con los requisitos reglamentarios.

3. Utilice métodos y ensayos validados

Los métodos y ensayos validados son esenciales para garantizar la precisión y la fiabilidad de los ensayos clínicos de DIV. Los métodos y ensayos deben validarse de acuerdo con los requisitos reglamentarios, y cualquier modificación de los métodos validados debe documentarse y justificarse adecuadamente. En esencia, los DIV utilizados en los estudios del rendimiento clínico deben representar con precisión el producto final tal como está previsto para su distribución comercial.

No utilizar métodos y ensayos validados puede dar lugar a resultados inexactos o poco fiables y no será aceptado por los organismos reguladores.

4. Mantenga una buena comunicación con los organismos reguladores

Mantener una buena comunicación con los organismos reguladores durante todo el proceso del ensayo clínico puede ayudar a garantizar el éxito del ensayo. Ciertos estudios del rendimiento clínico requieren que se presente una solicitud de autorización a la autoridad competente.

Los Estados miembros responsables de la autorización pueden evaluar varios factores, como el enfoque estadístico, el diseño del estudio, el tamaño de la muestra, los comparadores seleccionados, la elección de los criterios de valoración y otros, según el artículo 67 del Reglamento (UE) sobre los DIV.

A diferencia de Estados Unidos, los organismos reguladores de la UE (incluidos los organismos notificados) no ofrecen orientación sobre el diseño de los ensayos. Sin embargo, para los diagnósticos complementarios existe la posibilidad de una reunión previa a la presentación con la Agencia Europea de Medicamentos (EMA) para coordinar los plazos, lo que es particularmente importante en los escenarios de codesarrollo.

Los fabricantes también deben ser transparentes con los organismos reguladores con respecto a cualquier problema que surja durante el estudio del rendimiento clínico del Reglamento (UE) sobre los DIV, como los acontecimientos adversos o las desviaciones del protocolo, incluidas las modificaciones sustanciales.

5. Incluya la bioestadística

La participación de la bioestadística es fundamental en el diseño de los ensayos clínicos, ya que ayuda a determinar el marco del ensayo, a elegir el tamaño de la muestra adecuado, a seleccionar los métodos de aleatorización y enmascaramiento, y al análisis de los datos.

Debe involucrar a los bioestadísticos en todas las etapas de un ensayo clínico, desde el desarrollo del protocolo hasta el análisis final. Los bioestadísticos se asegurarán de que el diseño del estudio sea sólido, de que los métodos de recogida de datos sean válidos y fiables, y de que los resultados sean estadísticamente sólidos.

En pocas palabras, la bioestadística ayuda a los investigadores a hacer inferencias precisas a partir de los datos y a extraer conclusiones válidas.

6. Utilice personal cualificado

El éxito de los ensayos clínicos de DIV depende de la experiencia del personal involucrado. Es esencial contar con un equipo de profesionales cualificados, incluidos, en su caso, médicos, investigadores, profesionales de laboratorio y personal de apoyo, que tengan los conocimientos y la experiencia necesarios para llevar a cabo el estudio de forma segura y eficaz.

También es importante asegurarse de que todo el personal esté adecuadamente capacitado en el protocolo del estudio y sea consciente de sus responsabilidades y obligaciones.

7. Mantenga una documentación precisa y completa

Una documentación adecuada es esencial para garantizar la calidad y la integridad de los datos del ensayo. Esto incluye los informes del estudio, los formularios de notificación de casos y otros documentos relacionados con el ensayo.

Asegúrese de tener toda la documentación necesaria para el estudio.

8. Garantice una gestión eficiente de los datos

La gestión de datos comienza con el desarrollo de un plan de gestión de datos que describa cómo se recopilarán, almacenarán y analizarán los datos. Durante el ensayo, los datos deben recogerse de forma precisa, eficiente y segura.

También se debe controlar la calidad y la integridad de los datos. Después de la recogida de datos, estos deben introducirse en una base de datos segura y verificarse para comprobar su exactitud.

A continuación, deben analizarse y notificarse de manera oportuna. La gestión de datos es crucial en el diseño de los ensayos clínicos porque garantiza que los datos generados sean precisos, fiables y puedan utilizarse para extraer conclusiones válidas.

9. Incorpore los comentarios de los usuarios en el diseño y la ejecución del ensayo

La información de los usuarios puede proporcionar información valiosa sobre la experiencia de uso, incluida la facilidad de uso y la comprensión del dispositivo DIV y sus instrucciones de uso, así como los posibles desafíos o preocupaciones. En el mundo contemporáneo, la retroalimentación es crucial. Esta área es particularmente importante para los DIV destinados a usuarios no profesionales y debe estar disponible en la documentación técnica que se presenta al organismo notificado.

Ensayos clínicos de DIV: lo que no se debe hacer

Esto es lo que debe evitar por completo hacer en el caso de los estudios del rendimiento clínico del Reglamento (UE) sobre los DIV.

1. No descuide el cumplimiento normativo

Los ensayos clínicos de DIV deben cumplir con los requisitos normativos de varios organismos rectores. En los Estados Unidos, los estudios clínicos de DIV deben seguir las directrices de la Administración de Alimentos y Medicamentos (FDA) para los estudios de exención de dispositivos en investigación (IDE).

La Unión Europea tiene requisitos similares para los ensayos clínicos de DIV, pero el cumplimiento es supervisado por varias partes interesadas. Entre ellas se encuentran las autoridades competentes, responsables de autorizar la realización de determinados estudios de rendimiento, los organismos notificados (ON), encargados de evaluar la conformidad de los DIV, y la Agencia Europea de Medicamentos (EMA), que evalúa los diagnósticos complementarios para garantizar que sean adecuados para orientar el uso seguro y eficaz de los medicamentos. El incumplimiento de los requisitos reglamentarios puede provocar retrasos en la aprobación o incluso el rechazo del dispositivo.

2. No pase por alto el tamaño de la muestra y la selección de la población

El tamaño de la muestra y la selección de la población son componentes críticos de cualquier ensayo clínico, incluidos los estudios del rendimiento clínico de DIV. Un tamaño de muestra demasiado pequeño puede dar lugar a resultados poco fiables, mientras que un tamaño de muestra demasiado grande puede generar costes y retrasos innecesarios.

La selección de la población también es crucial, ya que la población del ensayo debe representar a la población de uso prevista para el dispositivo. No tener en cuenta el tamaño de la muestra y la selección de la población puede dar lugar a resultados no concluyentes o sesgados.

3. No ignore la integridad de los datos

La integridad de los datos es fundamental para la validez y la credibilidad de los resultados del ensayo clínico de DIV, y la gestión de datos es un componente clave de la ISO 20916. Los datos deben registrarse de forma precisa y completa, y cualquier modificación de los datos debe documentarse y justificarse adecuadamente.

Las violaciones de la integridad de los datos pueden dar lugar al rechazo del dispositivo por parte de los organismos reguladores y dañar la reputación del fabricante.

4. No se precipite en el proceso del ensayo clínico

Acelerar el proceso del ensayo clínico/estudio del rendimiento clínico de DIV puede provocar errores, inexactitudes y posibles problemas de seguridad. Los fabricantes deben conceder tiempo suficiente para que el ensayo se lleve a cabo correctamente, incluido el reclutamiento de pacientes, la recogida de datos y el análisis.

Omitir pasos cruciales o no tomarse el tiempo necesario para cada uno de ellos puede dar lugar a datos incompletos o inexactos, lo que conduce a resultados no concluyentes o engañosos.

5. No escatime en ética

Las consideraciones éticas deben estar a la vanguardia de los ensayos clínicos de DIV. Esto incluye la obtención del consentimiento informado de los participantes en el estudio en el caso de estudios de intervención o de riesgo, por ejemplo, garantizar que el protocolo del estudio sea revisado y aprobado por un comité de ética, y adherirse a directrices estrictas para la recogida, el análisis y la difusión de los datos.

Escatimar en ética no solo puede comprometer la integridad del ensayo, sino también tener consecuencias legales y financieras.

6. No prometa resultados excesivos

Es importante no prometer resultados excesivos ni hacer afirmaciones falsas sobre el rendimiento del producto que se está probando. Esto no solo socava la integridad del ensayo, sino que también pone en riesgo a los pacientes.

Es esencial ser transparente sobre las limitaciones del estudio y proporcionar información precisa sobre los posibles beneficios y riesgos del producto.

7. No descuide el impacto potencial de los cambios normativos

El panorama regulatorio de los DIV está en constante evolución, y es importante mantenerse al día de los cambios que puedan afectar al diseño del ensayo o requerir aprobaciones adicionales.

No hacerlo podría resultar en retrasos o incluso en la necesidad de repetir partes del ensayo. Esto puede conducir a un aumento del coste y del plazo de entrega. Por lo tanto, manténgase al tanto de lo que está cambiando y tenga un mecanismo para adaptarlo rápidamente al proceso.

Conclusiones clave para el éxito de los ensayos clínicos de DIV en 2023

La realización de estudios clínicos de DIV exitosos (o estudios del rendimiento clínico de DIV, tal como se definen en la UE) en 2023 requiere una planificación, una ejecución y una adhesión cuidadosas a las directrices reglamentarias. A medida que la demanda de medicina de precisión y atención médica personalizada sigue creciendo, la importancia de los DIV en el diagnóstico y la atención al paciente no hará más que aumentar. Por lo tanto, es crucial llevar a cabo ensayos clínicos sólidos y fiables para garantizar la seguridad y la eficacia de los DIV.

La industria de los DIV está en constante evolución, y es importante mantenerse al día de los últimos avances y las mejores prácticas para garantizar el éxito. Al adoptar la innovación, la colaboración y un enfoque centrado en el paciente, los investigadores pueden ayudar a llevar al mercado DIV seguros, eficaces e innovadores.

El proceso de planificación y realización de ensayos clínicos de DIV puede ser desalentador y complejo. Si se encuentra luchando o experimentando una falta de progreso durante el proceso de investigación, estamos aquí para ayudarle. Puede ponerse en contacto con nosotros en cualquier etapa del desarrollo.

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La nueva vía CDx de la FDA frente al IVDR de la UE: ciencia armonizada, carga de trabajo divergente

La pregunta: ¿Se están alineando más o menos la FDA y el IVDR?

La regulación de diagnósticos complementarios de la FDA frente al IVDR se está convirtiendo en un tema crítico para los patrocinadores que desarrollan CDx oncológicos para los mercados globales. Con la propuesta recién publicada por la FDA de reclasificar muchos diagnósticos complementarios oncológicos basados en NAAT/NGS en la Clase II con controles especiales, la vía de EE. UU. está cambiando de maneras que difieren notablemente del modelo de Clase C + consulta con la EMA del IVDR europeo.

En teoría, ambos marcos exigen un sólido rendimiento analítico y clínico, sistemas de calidad robustos y una vinculación explícita entre fármaco y prueba. En la práctica, sin embargo, la carga de trabajo y los plazos para los patrocinadores están divergiendo.

Esta comparación se centra en lo que los patrocinadores de CDx y sus socios farmacéuticos sentirán realmente a medida que mueven una prueba a través de ambos sistemas.

Cómo regula actualmente el IVDR de la UE los diagnósticos complementarios

Según el Reglamento (UE) 2017/746 (IVDR), los IVD se clasifican en las clases A, B, C y D. Los diagnósticos complementarios se sitúan directamente en el espacio de mayor riesgo:

  • Los CDx se definen en el IVDR como dispositivos esenciales para el uso seguro y eficaz de un producto medicinal correspondiente (Artículo 2).
  • Están específicamente capturados por la Regla 3 del Anexo VIII, que coloca estos dispositivos en la Clase C (a menos que cumplan con criterios de riesgo aún mayores según las Reglas 1 o 2).

El estado de Clase C tiene consecuencias directas:

  1. La participación del organismo notificado es obligatoria: los IVD de Clase C deben someterse a una evaluación de conformidad por parte de terceros; los fabricantes no pueden autocertificar.
  2. Se requiere la consulta con la EMA o la autoridad nacional para los CDx: el Artículo 48(3)–(4) del IVDR requiere que el organismo notificado solicite una opinión científica a la EMA o a una autoridad nacional competente sobre la idoneidad del CDx para el producto medicinal. La opinión considera la validez científica y el rendimiento analítico y clínico del CDx en relación con el medicamento objetivo.
  3. Los plazos de consulta añaden complejidad: la guía de la EMA indica un tiempo de evaluación nominal de 60 días, con la posibilidad de extenderse por otros 60 días y tiempo adicional para consultas de seguimiento.
  4. Múltiples actores; responsabilidades fragmentadas: EFPIA y MedTech Europe han destacado que el desarrollo de CDx a menudo implica interacciones descoordinadas entre la EMA (o las ANC), los organismos notificados y las autoridades competentes en materia de dispositivos, lo que puede retrasar el desarrollo conjunto y desalinear los plazos de los fármacos y los dispositivos.

El resultado es una vía de alta fricción:

  • Los patrocinadores deben construir una documentación técnica completa (evaluación del rendimiento, SGC, gestión de riesgos, etiquetado) para un IVD de Clase C.
  • Un organismo notificado realiza una revisión técnica y del SGC detallada.
  • La EMA o una autoridad nacional revisan entonces la vinculación fármaco-prueba.

Desde la perspectiva de un patrocinador, el cumplimiento del IVDR CDx es exigente, de varios pasos y depende en gran medida de la capacidad del organismo notificado y de la coordinación entre agencias.

Cómo ha regulado históricamente la FDA los CDx oncológicos

Según la ley de EE. UU., los IVD de alto riesgo posteriores a la enmienda, incluidos los diagnósticos complementarios oncológicos, se asignan por defecto a la Clase III y requieren la Aprobación Previa a la Comercialización (PMA) a menos que se reclasifiquen.

Durante más de una década, los CDx oncológicos NAAT/NGS vivieron en ese mundo de Clase III:

  • La FDA aprobó 35 PMA y 403 suplementos para sistemas de prueba basados en ácido nucleico terapéutico oncológico entre 2011 y 2025, en los códigos de producto OWD, PJG, PQP y SFL.
  • Las presentaciones normalmente combinaban una extensa validación analítica, la conexión con ensayos clínicos del lado del fármaco y una documentación detallada de fabricación y software.

La vía PMA es tanto profunda como costosa:

  • En el año fiscal 2025, la tarifa de usuario estándar para una solicitud de tipo PMA es de 540.783 $, mientras que una tarifa 510(k) es de 24.335 $.
  • Los plazos de revisión para la PMA son más largos y más iterativos que para 510(k), especialmente para los CDx pioneros.

Mientras la FDA mantuvo los CDx oncológicos en la Clase III, los patrocinadores podían decir razonablemente que EE. UU. y la UE eran comparativamente “pesados”, incluso si la mecánica (PMA vs NB+EMA) era diferente.

Qué cambia según la propuesta 21 CFR 866.6075 de la FDA

La nueva propuesta cambia fundamentalmente ese equilibrio para los sistemas de prueba oncológicos basados en ácido nucleico indicados para su uso con un producto terapéutico oncológico aprobado:

  • La FDA reclasificaría estos dispositivos de la Clase III (PMA) a la Clase II (controles especiales) y los enviaría a 510(k).
  • El nuevo tipo de dispositivo incluye tanto CDx esenciales como pruebas adyacentes a CDx, siempre que utilicen tecnologías NAAT y/o de secuenciación y estén vinculadas a una terapia oncológica aprobada.

Los controles especiales requieren:

  • Datos de rendimiento analítico (precisión, exactitud, sensibilidad, especificidad, estabilidad, cobertura genómica)
  • Datos de rendimiento clínico utilizando muestras representativas de la población de uso previsto
  • Validación del manejo de muestras y la clasificación de biomarcadores (incluida la bioinformática)
  • Etiquetado que describe claramente los biomarcadores, los algoritmos, el rendimiento y las limitaciones
  • Declaraciones de etiquetado sobre el uso de fármacos que sean coherentes con el etiquetado del fármaco correspondiente (tanto para pruebas esenciales como no esenciales).

La FDA señala explícitamente que 510(k) es menos oneroso y más rentable que la PMA y normalmente implica plazos de revisión más cortos, y que la reclasificación debería aumentar el acceso de los pacientes al permitir que más fabricantes entren en este espacio.

En otras palabras:

Para los CDx oncológicos NAAT/NGS que cumplen los requisitos, la vía de EE. UU. pasa de una intensidad de nivel PMA a un 510(k) estructurado y basado en controles especiales.

Cara a cara: dónde todavía se parecen la FDA y el IVDR

A pesar de las diferencias estructurales, las expectativas científicas siguen estando ampliamente alineadas:

Sólido rendimiento analítico: ambos regímenes esperan una precisión, exactitud, sensibilidad, especificidad validadas y una comprensión sólida de los límites de detección y las interferencias.

Rendimiento clínico y validez científica: los CDx deben demostrar que identifican de forma fiable las relaciones biomarcador-fármaco que se afirman en el etiquetado, ya sea a través de ensayos de inscripción en ensayos clínicos, estudios de conexión u otros datos apropiados.

Vinculación fármaco-prueba: en la UE, la EMA o las ANC opinan sobre la idoneidad del CDx para el producto medicinal durante la consulta. En EE. UU., los controles especiales de la FDA requieren que el etiquetado de CDx sobre beneficios o riesgos sea coherente con el etiquetado del fármaco aprobado.

Lógica de clasificación basada en el riesgo: el IVDR asigna los CDx a la Clase C en función de su importancia para las decisiones terapéuticas. La FDA ahora trata los CDx oncológicos NAAT/NGS como un tipo de dispositivo específico de Clase II, habiendo concluido que los controles especiales pueden gestionar el riesgo.

Desde una perspectiva científica y clínica, un programa de CDx bien gestionado se verá similar a ambos lados del Atlántico: estudios analíticos rigurosos, un paquete de evidencia integrado con el fármaco y un etiquetado cuidadoso.

Dónde diverge ahora la carga de trabajo

La divergencia aparece en la carga operativa, no en el contenido científico.

Estados Unidos – Después de la reclasificación

Para una prueba oncológica NAAT/NGS que se ajuste a 866.6075:

  • Tipo de presentación: 510(k) con controles especiales, no PMA.
  • Tarifas de usuario: las tarifas 510(k) son una pequeña fracción de las tarifas PMA (año fiscal 2025: 24.335 $ frente a 540.783 $).
  • Enfoque de la revisión: equivalencia sustancial más conformidad con los controles especiales, dentro del marco 510(k).
  • Control de cambios: potencial más claro para utilizar PCCP para futuras modificaciones, reduciendo las presentaciones repetidas.

Unión Europea – Según el IVDR

Para la misma prueba en Europa:

  • Clasificación: los CDx siguen siendo de Clase C según la Regla 3.
  • Organismo notificado: la documentación técnica completa y la evaluación del SGC son obligatorias.
  • Consulta: el NB debe solicitar la opinión de la EMA/ANC sobre la idoneidad; la consulta añade pasos de revisión y plazos distintos (nominalmente 60 días, prorrogables).
  • Gobernanza: EFPIA y MedTech Europe destacan que las responsabilidades fragmentadas y las limitaciones de capacidad pueden crear retrasos e incertidumbre para los desarrolladores de CDx.

El efecto neto es que para los CDx oncológicos NAAT/NGS de seguimiento y con tecnología madura, la FDA se está moviendo hacia una vía más ligera y estandarizada de lo que ofrece actualmente el IVDR.

¿Qué ocurre con la “armonización”?

Antes de esta norma propuesta, los patrocinadores podían argumentar que:

  • La PMA de la FDA y la consulta de Clase C + EMA del IVDR eran comparativamente exigentes en general; ambas requerían una alta inversión, plazos de entrega largos y paquetes clínicos profundos.

Después de la reclasificación, asumiendo que la norma se finalice:

La armonización científica persiste:

  • Ambos sistemas todavía quieren una evidencia analítica y clínica sólida, una vinculación clara con el beneficio/riesgo del fármaco y un etiquetado transparente.

La carga de trabajo regulatoria se desarmoniza:

  • La vía de EE. UU. para los CDx oncológicos NAAT/NGS se convierte en Clase II / basada en 510(k), con tarifas más bajas y revisiones más cortas y estandarizadas.
  • Los CDx de la UE siguen siendo de Clase C con consulta NB + EMA, dependiendo de la capacidad del organismo notificado y de la coordinación entre agencias.

Desde una perspectiva de desarrollo global, eso significa:

Los estándares de evidencia están convergiendo; la carga del proceso no lo está. El movimiento de la FDA hace que EE. UU. sea relativamente más atractivo para los CDx oncológicos maduros de lo que el IVDR puede igualar actualmente.

Implicaciones estratégicas para los patrocinadores

Para los patrocinadores de CDx y los socios farmacéuticos que planifican programas globales, este cambio debería desencadenar varios ajustes:

Reequilibrar la secuenciación jurisdiccional.

  • Considerar si se debe priorizar la presentación de 510(k) en EE. UU. según 866.6075 para biomarcadores maduros, mientras se planifican presentaciones de CDx IVDR paralelas pero con un horizonte más largo.

Diseñar “un conjunto de evidencia, dos vías”.

  • Construir planes de validación analítica y clínica que se asignen explícitamente a los controles especiales de la FDA y a los requisitos de evaluación del rendimiento del IVDR (validez científica, rendimiento analítico y clínico).

Planificar la consulta con la EMA con antelación.

  • Asegurarse de que los plazos para la revisión del NB y la consulta con la EMA/ANC estén integrados en la planificación general del lanzamiento, especialmente cuando las aprobaciones de fármacos y CDx deben permanecer sincronizadas.

Gestionar la restricción de alineación del etiquetado en ambos lados.

  • En la UE, el SmPC del producto medicinal y el IFU del CDx deben permanecer alineados.
  • En EE. UU., los controles especiales de la FDA requieren que el etiquetado del dispositivo sobre beneficios/riesgos refleje el etiquetado del fármaco oncológico.
  • En la práctica, esto significa que los patrocinadores de fármacos y los patrocinadores de CDx deben coordinar la generación de evidencia y las estrategias de etiquetado desde el principio.

    Cómo MDx CRO conecta la FDA y el IVDR para diagnósticos complementarios

    MDx CRO está estructurada para apoyar a los patrocinadores de CDx a través de este mundo en evolución de dos velocidades:

    • Actuamos como una CRO de IVD de servicio completo, ofreciendo estudios de rendimiento clínico (incluidos modelos de patrocinador delegados), gestión y monitorización de sitios ISO 20916‑compatibles, gestión de datos, bioestadística e informes de estudio compatibles con IVDR.
    • Nuestro equipo de asuntos regulatorios diseña hojas de ruta integradas IVDR–FDA, que cubren la clasificación, la evaluación del rendimiento, la documentación técnica y las presentaciones tanto a la FDA de EE. UU. como a las autoridades de la UE.
    • Apoyamos las consultas con la EMA de CDx IVDR de la UE y otros procesos de alto riesgo del IVDR, dando a los patrocinadores una visión realista de los plazos y las expectativas.

    A medida que la FDA mueve los CDx oncológicos NAAT/NGS a un marco de Clase II / 510(k), los patrocinadores que ganarán son aquellos que:

    • Explotan la vía más ligera de EE. UU. sin subestimar las necesidades de evidencia
    • Diseñan ensayos globales que sirven tanto a los controles especiales de la FDA como a la evaluación del rendimiento del IVDR
    • Coordinan las estrategias de fármacos y diagnósticos para que el etiquetado pueda seguir el ritmo de la ciencia

    Si está planificando o ejecutando programas de CDx en EE. UU. y la UE, póngase en contacto con MDx CRO para poner a prueba su estrategia frente a este nuevo panorama regulatorio y para construir un plan de desarrollo que mantenga su diagnóstico complementario, y su terapia, en el camino crítico hacia los pacientes.

    Este artículo tiene fines informativos únicamente y no constituye asesoramiento legal o regulatorio.

    Written by:
    Carlos Galamba

    Carlos Galamba

    CEO

    Líder sénior en materia de regulación y antiguo revisor de BSI IVDR con amplia experiencia en el marcado CE de IVD de alto riesgo, diagnósticos complementarios y la implementación de IVDR.
    Industry Insights & Regulatory Updates

    La FDA propone reclasificar los diagnósticos complementarios clave en oncología a la clase II: Lo que los patrocinadores de CDx deben saber

    Introducción: Un cambio estructural en la política de diagnósticos complementarios de la FDA

    La FDA ha publicado una orden propuesta en el Registro Federal para reclasificar una importante familia de diagnósticos complementarios en oncología y pruebas moleculares relacionadas, de dispositivos de clase III (PMA) posteriores a la enmienda a la clase II con controles especiales, en virtud de una nueva regulación en 21 CFR 866.6075.

    Esta propuesta crea, por primera vez, un tipo de dispositivo unificado de clase II para “Sistemas de prueba basados en ácidos nucleicos para su uso con un producto terapéutico oncológico aprobado correspondiente”. Trasladaría muchas pruebas de ácidos nucleicos oncológicos (incluidos los diagnósticos complementarios básicos) a una vía 510(k), manteniendo al mismo tiempo estrictas expectativas analíticas y clínicas a través de controles especiales.

    Para los patrocinadores de CDx, los socios farmacéuticos y los laboratorios de oncología, esto es más que una reclasificación técnica. Modifica la forma en que planifica la evidencia, secuencia las estrategias de la FDA y la EMA/IVDR, presupuesta las tarifas de usuario y negocia el etiquetado de fármacos y pruebas.

    Como CRO centrada en DIV con una profunda experiencia en estudios de rendimiento de IVDR, consultoría de CDx de la EMA y presentaciones a la FDA, MDx CRO ya está trabajando con patrocinadores para proteger las tuberías contra este nuevo marco.

    ¿Qué ha propuesto exactamente la FDA?

    La orden propuesta por la FDA haría lo siguiente:

    • Crear un nuevo tipo de dispositivo en 21 CFR 866.6075 titulado “Sistemas de prueba basados en ácidos nucleicos para su uso con un producto terapéutico oncológico aprobado correspondiente”.
    • Reclasificar los dispositivos de clase III posteriores a la enmienda en esta categoría, actualmente aprobados con los códigos de producto OWD, PJG, PQP y SFL, en la clase II (controles especiales), sujetos a 510(k).
    • Aplicar la nueva regulación tanto a los dispositivos aprobados actualmente como a los futuros que se ajusten a esta definición.

    Según la identificación propuesta, estos dispositivos son DIV de prescripción que:

    • Detectan variantes genéticas específicas y/u otros biomarcadores de ácidos nucleicos en muestras clínicas humanas
    • Utilizan la amplificación de ácidos nucleicos (por ejemplo, PCR) y/o tecnologías de secuenciación (por ejemplo, NGS)
    • Proporcionan información relacionada con el uso de un producto terapéutico oncológico aprobado por la FDA correspondiente

    Fundamentalmente, el tipo de dispositivo cubre dos subfamilias:

    1 – Diagnósticos complementarios verdaderos: pruebas esenciales para el uso seguro y eficaz de un producto terapéutico oncológico, con referencias recíprocas tanto en el etiquetado del dispositivo como en el etiquetado del fármaco.

    2 – Pruebas «adyacentes a CDx»: pruebas que no son esenciales para el uso del fármaco, pero que se mencionan en el etiquetado del fármaco porque proporcionan información sobre beneficios y/o riesgos conocidos (por ejemplo, información pronóstica o de enriquecimiento de la respuesta).

    La FDA ha abierto un período de comentarios públicos de 60 días tras la publicación de la orden propuesta; si se finaliza, la nueva clasificación entrará en vigor 30 días después de que la orden final se publique en el Registro Federal.

    ¿Por qué la FDA se siente cómoda trasladando los CDx de NAAT/NGS oncológicos a la clase II?

    La justificación de la FDA se basa en más de una década de experiencia en el mundo real con estas tecnologías, enmarcada a través de las disposiciones legales de reclasificación en la sección 513(f)(3) de la Ley FD&C.

    1. Amplia experiencia en PMA

    Desde la primera aprobación en 2011 (prueba de mutación cobas 4800 BRAF V600), la FDA ha aprobado 35 PMA y 403 suplementos de PMA para sistemas de prueba basados en ácidos nucleicos oncológicos en cuatro códigos de producto (OWD, PJG, PQP, SFL).

    Para esta reclasificación propuesta, la FDA se basó en datos de 17 PMA originales y un suplemento de seguimiento de panel, haciendo uso de la “regla de los seis años” en la sección 520(h)(4) para aprovechar los conjuntos de datos de PMA una vez que tuvieran la antigüedad suficiente para ser utilizados para la reclasificación.

    Estas presentaciones incluyen ensayos de puntos calientes de PCR, paneles de NGS, paneles de BRCA y RAS, firmas de MSI y otras plataformas arquetípicas de CDx oncológicos.

    2. Datos de seguridad y retirada del mercado posteriores a la comercialización

    La FDA analizó los informes de dispositivos médicos (base de datos MAUDE) y las retiradas del mercado para estos códigos de producto:

    • 147 MDR en cuatro códigos de producto, con >80% relacionados con falsos positivos; >95% no informaron de daños clínicos, y la fracción asociada con un impacto grave en la salud fue baja.
    • Cuatro retiradas de clase III y 23 retiradas de clase II, con causas fundamentales concentradas en interacciones moleculares no específicas, componentes no conformes, desviaciones del proceso, errores de etiquetado y uso fuera de la etiqueta, no en fallos sistémicos de la tecnología en sí.

    La conclusión: los modos de riesgo se entienden bien y pueden mitigarse a través de controles especiales definidos, en lugar de un escrutinio caso por caso a nivel de PMA.

    3. Madurez tecnológica

    La FDA caracteriza explícitamente los sistemas de prueba basados en ácidos nucleicos oncológicos como una familia tecnológica bien delimitada, con:

    • Propósitos y usos previstos similares
    • Principios analíticos comunes (PCR y NGS)
    • Tuberías de bioinformática comparables
    • Sin patrones de riesgo únicos y no mitigados en los códigos de producto

    Sobre esa base, la FDA considera que la clase II con controles especiales apropiados puede proporcionar una garantía razonable de seguridad y eficacia.

    ¿Cuáles son los controles especiales propuestos?

    Los controles especiales en la propuesta 21 CFR 866.6075(b) se dividen en dos categorías principales: verificación/validación del diseño y etiquetado.

    1. Verificación y validación del diseño

    Los patrocinadores deben proporcionar:

    Datos de rendimiento analítico

    • Precisión, exactitud analítica, sensibilidad analítica, especificidad analítica
    • Estabilidad de la muestra y del reactivo
    • Evaluación para cada gen/variante, o una estrategia representativa aceptada por la FDA

    Cobertura y limitaciones

    • Datos que muestran qué regiones genómicas se dirigen y detectan
    • Divulgación de regiones no cubiertas o con detección limitada

    Datos de rendimiento clínico

    • Generados utilizando muestras clínicas representativas de la población de uso previsto
    • Demostrar un rendimiento clínico apropiado para el uso previsto (por ejemplo, afirmaciones predictivas de respuesta o informativas de riesgo)

    Validación del manejo de muestras

    • Validación de los tipos de muestra, el manejo preanalítico, la extracción y la preparación como se describe en el etiquetado

    Clasificación de biomarcadores / validación de bioinformática

    • Descripción clara de la tubería y los criterios de clasificación
    • Documentación de la base para la interpretación de biomarcadores, con referencias apropiadas

    Especificaciones de mitigación de riesgos

    • Controles, procedimientos y requisitos de capacitación del usuario diseñados para reducir los resultados falsos y la interpretación errónea

    En la práctica, esto codifica lo que los patrocinadores de CDx oncológicos de alta calidad ya hacen bajo PMA, ahora empaquetado como expectativas a nivel de tipo de dispositivo en lugar de negociaciones de PMA a medida.

    2. Controles de etiquetado, incluido el nuevo requisito de alineación de etiquetas

    El etiquetado debe incluir:

    • Descripción del dispositivo (biomarcadores detectados, algoritmos de análisis, métricas de calidad, limitaciones de detección)
    • Un resumen de los estudios de rendimiento analítico y clínico y sus resultados

    Para las pruebas esenciales de CDx:

    • Lenguaje que indique que la prueba está indicada para su uso con un producto terapéutico oncológico específico aprobado por la FDA, y
    • Un requisito de que el etiquetado del dispositivo sea coherente con el etiquetado aprobado por la FDA del fármaco correspondiente.

    Para las pruebas no esenciales pero informativas sobre fármacos:

    • Lenguaje que resuma los beneficios y/o riesgos conocidos del fármaco según lo informado por la prueba, que también debe ser coherente con el etiquetado aprobado por la FDA del producto terapéutico.

    Ese último elemento, el requisito de que las afirmaciones de la prueba sobre el beneficio o el riesgo del fármaco “sigan” la etiqueta del fármaco, es donde se encuentra la tensión política más interesante.

    Por qué esto importa operativamente: PMA vs 510(k) para CDx oncológicos

    Si se finaliza, la reclasificación trasladaría esta familia de pruebas de PMA a 510(k), con importantes efectos prácticos:

    • Tipo de presentación menos engorroso. La propia FDA señala que la vía 510(k) es generalmente menos engorrosa y más rentable que la PMA, con plazos de revisión más cortos.
    • Tasas de usuario más bajas. En el año fiscal 2025, la tasa de usuario estándar para una solicitud de tipo PMA es de aproximadamente 541.000 dólares, mientras que una tasa de 510(k) es de aproximadamente 24.000 dólares, aproximadamente una diferencia de 20 a 1, antes de las reducciones para pequeñas empresas.
    • Preguntas de revisión más predecibles. En lugar de volver a litigar toda la historia de beneficio-riesgo, los patrocinadores argumentarán la equivalencia sustancial y la conformidad con los controles especiales codificados.
    • Control de cambios más flexible. La FDA señala explícitamente los planes de control de cambios predeterminados (PCCP) como una forma de implementar ciertas modificaciones futuras sin un nuevo 510(k) cada vez, si el cambio está cubierto por un PCCP aprobado.

    Para los patrocinadores de CDx oncológicos, eso significa:

    • Rutas más rápidas y económicas para las pruebas de seguimiento dirigidas a biomarcadores establecidos (EGFR, BRAF, BRCA, MSI, etc.).
    • Una plantilla más clara para los paquetes de evidencia analítica y clínica.
    • Gestión del ciclo de vida más fácil para las expansiones de paneles, las actualizaciones de algoritmos y los refinamientos de bioinformática, sujeto al diseño de PCCP.

    El límite incorporado: las afirmaciones de las pruebas no pueden superar el etiquetado de los fármacos

    Si bien el nuevo tipo de dispositivo de clase II crea una vía más eficiente, también codifica una regla estricta sobre hasta dónde puede llegar el etiquetado de las pruebas:

    Para las pruebas esenciales para el uso seguro y eficaz de un fármaco, el etiquetado del dispositivo debe ser coherente con la etiqueta del fármaco correspondiente.

    Para las pruebas que simplemente proporcionan información sobre los beneficios o riesgos conocidos (sin ser esenciales), el dispositivo solo puede resumir esos beneficios/riesgos en un lenguaje que sea, de nuevo, coherente con la etiqueta del fármaco.

    En la práctica, esto significa:

    • No puede obtener el etiquetado de CDx para una nueva relación biomarcador-fármaco a menos que el propio etiquetado del fármaco reconozca esa relación.
    • La evidencia independiente generada por un patrocinador de DIV, un grupo académico o un ensayo cooperativo no puede, por sí sola, respaldar las afirmaciones relacionadas con los fármacos en el etiquetado del dispositivo si la etiqueta del producto terapéutico correspondiente permanece en silencio o no está de acuerdo.

    Esta regla de alineación no es nueva (se ha aplicado durante mucho tiempo en el mundo de los CDx de PMA), pero la nueva regulación la extiende explícitamente a la familia más amplia de pruebas de NAAT/NGS oncológicas “adyacentes a CDx”.

    Desde la perspectiva de un patrocinador, eso crea un escenario de estancamiento estructural:

    • Un desarrollador de pruebas puede generar evidencia de alta calidad que demuestre que un biomarcador predice la falta de beneficio o un mayor riesgo para un fármaco oncológico ampliamente utilizado.
    • Si el patrocinador del fármaco se niega a buscar una actualización de la etiqueta, la FDA no puede permitir el etiquetado del dispositivo que efectivamente reescribe el perfil de beneficio-riesgo del fármaco.
    • La prueba aún podría aprobarse como un dispositivo puramente analítico, pero no llevaría las afirmaciones clínicamente significativas relacionadas con el fármaco que impulsan la adopción y el reembolso.

    Para los desarrolladores de CDx, la implicación es clara:

    La estrategia regulatoria para estas nuevas pruebas de clase II todavía depende de la alineación del patrocinador del fármaco, no solo de la ciencia del ensayo.

    ¿Qué deben hacer los patrocinadores ahora?

    Incluso antes de que la orden sea definitiva, los patrocinadores de CDx y pruebas oncológicas pueden actuar:

    1. Compare su cartera de productos con el nuevo tipo de dispositivo: identifique las pruebas oncológicas NAAT/NGS vinculadas a terapias aprobadas que entran en la nueva definición 866.6075.
    2. Replantéese las hojas de ruta regulatorias de EE. UU.: para las pruebas que cumplan los requisitos, planifique en torno a un 510(k) con controles especiales en lugar de una PMA, aunque reconozca que las expectativas de evidencia siguen siendo altas.
    3. Alinee las estrategias de CDx y fármacos desde el principio: para los nuevos biomarcadores, asegúrese de que los equipos del lado del fármaco comprendan que las afirmaciones de pruebas terapéuticamente significativas requerirán cambios correspondientes en el etiquetado del fármaco.
    4. Diseñe estudios de rendimiento que satisfagan tanto a la FDA como al IVDR: cree paquetes de validación analítica y clínica que puedan respaldar la autorización 510(k) y la vía CDx de clase C del IVDR, incluida la consulta con la EMA.
    5. Aproveche los PCCP de forma reflexiva: considere dónde un PCCP puede cubrir de forma segura las actualizaciones de bioinformática, las nuevas variantes o los puntos de corte refinados, sin desencadenar envíos repetidos.

    Cómo puede ayudar MDx CRO

    MDx CRO se basa en DIV y CDx:

    • We deliver end‑to‑end IVD trial solutions, including delegated sponsor responsibilities, ISO 20916‑compliant clinical performance studies, biostatistics, data management, safety reporting and IVDR‑compliant study reports.
    • Nuestro equipo de asuntos regulatorios diseña estrategias globales para la IVDR y la FDA, incluida la clasificación de dispositivos, la evaluación del rendimiento, la documentación técnica y las presentaciones regulatorias.
    • Ya estamos apoyando los procesos de consulta de la EMA de CDx de IVDR, lo que nos sitúa en una buena posición para armonizar los planes de evidencia con el nuevo marco de clase II de la FDA para los CDx de NAAT/NGS oncológicos.

    Si su cartera incluye diagnósticos complementarios oncológicos, biomarcadores predictivos o paneles oncológicos de NGS, esta reclasificación propuesta es una oportunidad para:

    • Reducir el tiempo y el coste para lograr una etiqueta de la FDA
    • Alinear las estrategias de EE. UU. y la UE de forma más inteligente
    • Diseñar estudios de rendimiento que funcionen una vez y sirvan para ambos regímenes

    Póngase en contacto con MDx CRO para discutir cómo probar la resistencia de su hoja de ruta de CDx contra el nuevo marco 21 CFR 866.6075 y construir un plan regulatorio que funcione a ambos lados del Atlántico.

    Este artículo se proporciona únicamente con fines informativos generales y no constituye asesoramiento legal o regulatorio. Los patrocinadores deben consultar a sus propios asesores regulatorios y legales para obtener estrategias específicas del dispositivo.

    Written by:
    Carlos Galamba

    Carlos Galamba

    CEO

    Líder sénior en materia de regulación y antiguo revisor de BSI IVDR con amplia experiencia en el marcado CE de IVD de alto riesgo, diagnósticos complementarios y la implementación de IVDR.
    Industry Insights & Regulatory Updates

    Reglamento español de IVD 2025: nuevas actualizaciones del Real Decreto para fabricantes, patrocinadores y laboratorios de IVD

    El 21 de octubre de 2025, el Consejo de Ministros aprobó el nuevo Real Decreto de España para los productos sanitarios de diagnóstico in vitro. La AEMPS confirmó la aprobación y explicó que el decreto complementa el IVDR (UE) 2017/746, refuerza la protección del paciente y añade normas nacionales sobre idioma, fabricación interna, estudios de rendimiento y vigilancia. Este desarrollo consolida el Reglamento español de IVD 2025 y establece obligaciones claras para fabricantes, promotores y laboratorios. (Anuncio oficial: AEMPS)

    Reglamento español de IVD 2025: qué ha cambiado y por qué es importante

    El Reglamento español de IVD 2025 sustituye al Real Decreto 1662/2000. Aclara cómo se aplica el IVDR en España y cubre las opciones de los Estados miembros, incluida la autoridad competente, el régimen lingüístico, los productos de fabricación interna del artículo 5, apartado 5, las pruebas y el asesoramiento genéticos, un registro nacional de comercialización, la autorización de estudios de rendimiento y la vigilancia y el control del mercado.

    El reglamento tiene como objetivo aumentar la calidad, garantizar la trazabilidad y acelerar las medidas correctivas. También mejora el acceso a ciertos autotest a través de los canales de farmacia.

    Guía rápida para equipos ocupados (fabricantes, patrocinadores, laboratorios)

    • Confirme qué cambios supone el Reglamento español de IVD 2025 para su función.
    • Licencias de mapas, registro, idioma, Artículo 5(5), ISO 15189, estudios de rendimiento y vigilancia para propietarios y plazos.
    • Prepare materiales en español y configure flujos de trabajo de trazabilidad e informes de incidentes.
    • Los laboratorios deben planificar las notificaciones ISO 15189 y del Artículo 5(5) a la AEMPS.

    Autoridad competente y normas lingüísticas en virtud del Reglamento español de IVD 2025

    La AEMPS es la autoridad competente para los IVD en España. Según el Reglamento español de IVD 2025, los materiales dirigidos al usuario para los productos comercializados en España deben aparecer en español. Esto incluye las etiquetas, las IFU y los avisos de seguridad. Las presentaciones reglamentarias a la AEMPS deben incluir contenido en español. Se pueden añadir idiomas cooficiales, pero el español es obligatorio.

    Licencias de establecimiento: fabricantes, esterilizadores e importadores

    El Reglamento español de IVD 2025 exige licencias de funcionamiento para fabricantes, esterilizadores e importadores antes de que comercialicen los productos. La AEMPS evalúa las instalaciones, el personal y los sistemas de calidad.

    Cada centro debe designar a un Técnico Responsable (función nacional) y cumplir con la supervisión del IVDR dirigida por un PRRC. Una persona cualificada puede cubrir ambos si cumple los criterios.

    Norma transitoria: Los fabricantes externos existentes tienen hasta un año desde la entrada en vigor para obtener la nueva licencia. Las licencias existentes siguen siendo válidas hasta su renovación o modificación, que entonces seguirá el nuevo procedimiento.

    Registro de marketing y trazabilidad

    El decreto crea un registro de comercialización español para los productos comercializados. Los fabricantes, representantes autorizados e importadores deben notificar la información del producto para apoyar la trazabilidad y la vigilancia del mercado. El registro complementa a EUDAMED y UDI.

    Regla transitoria: España activará las notificaciones cuando el registro esté operativo. Hasta entonces, utilice los canales nacionales existentes.

    Productos de fabricación interna (artículo 5, apartado 5, del IVDR): qué deben hacer ahora los laboratorios

    Alcance e intención

    El Reglamento español de DIV 2025 regula los DIV de fabricación interna realizados y utilizados dentro de la misma institución sanitaria. Los laboratorios deben justificar la necesidad: un producto comercial con marcado CE no puede satisfacer la necesidad clínica específica. No hay producción a escala industrial. No hay suministro comercial a terceros.

    Calidad y documentación

    Los productos de fabricación interna deben cumplir los GSPR del IVDR. Los laboratorios deben mantener un expediente técnico (finalidad prevista, gestión de riesgos, rendimiento analítico y clínico, V&V, POE y etiquetado para uso interno).

    Acreditación ISO 15189

    Los laboratorios que fabrican productos de fabricación interna deben obtener la acreditación ISO 15189 para el ámbito de la fabricación. España vincula esto al calendario de transición.

    Notificación a la AEMPS

    Antes de iniciar la fabricación interna, los laboratorios deben notificar a la AEMPS y presentar la declaración del artículo 5, apartado 5. Deben designar a una persona responsable del proceso de fabricación interna.

    Pruebas genéticas: información y asesoramiento

    El Reglamento español de IVD 2025 exige información clara y asesoramiento adecuado para las pruebas genéticas. Los profesionales sanitarios deben explicar los límites, las implicaciones y la interpretación de los resultados. Esta obligación se aplica antes y después de las pruebas.

    Los profesionales y centros sanitarios deben obtener el consentimiento informado explícito de las personas antes de realizar una prueba genética. Se debe informar al paciente sobre la naturaleza y el propósito de la prueba y dar su consentimiento por escrito (excepto cuando la ley pueda eximir ciertos exámenes de salud pública). Esto va más allá del consentimiento estándar, reconociendo las implicaciones personales y familiares de los datos genéticos.

    Antes de la prueba, se debe informar a los pacientes sobre lo que la prueba puede y no puede decirles, y después de la prueba, un profesional cualificado debe explicar los resultados y cualquier seguimiento recomendado. Este requisito garantiza que las pruebas genéticas (como las de riesgo de enfermedades hereditarias) no se realicen sin contexto ni apoyo, lo que ayuda a los pacientes a tomar decisiones informadas.

    Estas obligaciones se aplican a los IVD genéticos, independientemente de si se realizan internamente o como pruebas comerciales. Por ejemplo, un kit de pruebas genéticas de venta directa al consumidor (si se permite en el mercado) debería ir acompañado de procesos que garanticen que el comprador reciba la información y el asesoramiento necesarios. Sin embargo, la mayoría de las pruebas genéticas se administran en entornos clínicos; el decreto estandariza efectivamente la práctica del asesoramiento genético como parte de las pruebas.

    Estudios de rendimiento en España

    Todos los estudios de rendimiento en España deben obtener primero una opinión favorable de un Comité de Ética de la Investigación (CEI) acreditado y la autorización de la dirección del centro de salud donde se vaya a realizar el estudio. Esto se aplica a cualquier estudio que utilice muestras o datos humanos para evaluar el rendimiento de un DIV, garantizando que las consideraciones éticas (consentimiento informado, protección de datos, etc.) se aborden desde el principio.

    ¿Cuándo necesita autorización?

    Los estudios de rendimiento clínico intervencionistas y otros estudios que impliquen riesgos requieren la autorización de la AEMPS antes del primer participante. La aprobación ética sigue siendo obligatoria.

    Qué deben preparar los patrocinadores

    • Protocolo español (CPSP), folleto del investigador y consentimiento informado.
    • Seguro/indemnización para los participantes y un marco de responsabilidad claro. El decreto exige explícitamente una indemnización por daños y define el régimen de responsabilidad para los promotores. Los promotores deben presupuestar una póliza de seguro de ensayo clínico y seguir las normas del decreto sobre los mínimos y las condiciones de cobertura (similares a los requisitos del seguro de ensayo de medicamentos en España).
    • Planes de monitorización, gestión de datos e informes de seguridad alineados con el IVDR. Una vez finalizado el estudio, los resultados (ya sean positivos, negativos o no concluyentes) deben documentarse y es posible que deban notificarse en la base de datos pública o a la AEMPS.

    Estudios con productos con marcado CE

    Si el estudio añade procedimientos invasivos o gravosos o se sale del uso previsto, los patrocinadores deben solicitar la autorización y notificarlo a la AEMPS.

    Vigilancia y control del mercado

    El Reglamento español de IVD 2025 refuerza la vigilancia. Los fabricantes deben notificar los incidentes graves y las FSCAs a la AEMPS. Los profesionales e instituciones sanitarias también deben notificar los incidentes. Las autoridades coordinarán las inspecciones y las acciones de control del mercado.

    Por ejemplo, si una prueba IVD arroja resultados falsos que causan daño al paciente, el fabricante tiene que notificar a la AEMPS y presentar un aviso de seguridad en español para que los usuarios en España puedan estar adecuadamente informados. Esto garantiza que la información de seguridad crítica se comunique y mitigue eficazmente en el contexto local.

    El decreto enfatiza que los profesionales sanitarios, las instituciones sanitarias e incluso los pacientes/usuarios tienen la responsabilidad de notificar cualquier incidente grave sospechoso a la AEMPS. Por lo tanto, España está reforzando una cultura de vigilancia: un laboratorio que se encuentre con un mal funcionamiento de un producto o un médico que observe un patrón de resultados erróneos debe alertar a las autoridades. Cuanto más completa sea la notificación, mejor podrá intervenir la AEMPS para prevenir daños.

    Acceso a autotest y canales de farmacia

    En particular, las nuevas normas eliminan el requisito de prescripción para los kits de autoevaluación en el hogar (por ejemplo, autoevaluaciones de glucosa, embarazo, COVID-19, etc.), haciéndolos más accesibles. Sin embargo, incluso sin necesidad de receta, estos productos de autodiagnóstico solo pueden venderse a través de farmacias (en la tienda o a través de un sitio web oficial de la farmacia) para garantizar una orientación adecuada sobre su uso. Las pruebas de alto riesgo o las que se utilizan para decisiones críticas pueden seguir requiriendo una receta o una administración profesional.

    Cronogramas de transición que debe seguir

    • Entrada en vigor: El decreto entra en vigor tras su publicación en el BOE.
    • Licencias: Los fabricantes externos existentes tienen hasta un año para obtener la nueva licencia de funcionamiento.
    • Registro de comercialización: Las obligaciones de notificación comienzan cuando el registro se pone en marcha.
    • Dispositivos de fabricación propia: España aplica los plazos del IVDR. Los laboratorios deben cumplir las condiciones del artículo 5(5) y la norma ISO 15189 en las fechas establecidas en las disposiciones transitorias y la orientación relacionada.
    • Dispositivos existentes: España respeta la transición del IVDR para los IVD existentes y conserva los procesos específicos de la antigua normativa hasta que los sistemas cambien por completo.

    Implicaciones por parte interesada

    Fabricantes de IVD

    • Asegure o actualice las licencias de funcionamiento.
    • Localice las etiquetas/IFU al español.
    • Prepare los datos del registro de comercialización.
    • Refuerce las interfaces de PMS y vigilancia con la AEMPS.

    Patrocinadores

    • Planifique la autorización para estudios de rendimiento que impliquen riesgos.
    • Cree expedientes y seguros listos para España.
    • Prepare el IB español, los formularios de consentimiento y los materiales para el paciente. Nota: La AEMPS puede permitir una versión en inglés del IB si el Comité de Ética no plantea ninguna objeción.

    Hospitales y laboratorios privados

    • Confirme la elegibilidad del artículo 5(5) y prepare la documentación técnica para la prueba de fabricación propia.
    • Obtenga la norma ISO 15189 para el alcance de la fabricación.
    • Notifique a la AEMPS y asigne a la persona responsable interna.
    • Actualice los PNT de consentimiento para pruebas genéticas y asesoramiento.

    Cómo le ayuda MDx CRO a ejecutar

    Estrategia y presentaciones reglamentarias

    Alineamos el IVDR con el Reglamento español de DIV 2025 y preparamos las presentaciones a la AEMPS (licencias, notificaciones, incorporación al registro de comercialización cuando esté en marcha).

    ISO 15189 y artículo 5(5)

    Realizamos evaluaciones de deficiencias, elaboramos POE y guiamos a los laboratorios hacia la acreditación ISO 15189 para la fabricación interna. Preparamos la declaración del artículo 5, apartado 5, y el paquete de notificación a la AEMPS.

    Estudios de rendimiento

    Planificamos y gestionamos estudios de rendimiento intervencionistas y que impliquen riesgos en España. Gestionamos la autorización de la AEMPS, las presentaciones éticas, la supervisión y la notificación de seguridad. MDx también puede actuar como su representante legal de estudios de rendimiento IVD en la UE.

    Vigilancia y PMS

    Diseñamos marcos de PMS, flujos de trabajo de incidentes y FSN que cumplen con la normativa española. Le ayudamos a interactuar con la AEMPS y a prepararse para las inspecciones.

    Written by:
    David Tomé

    David Tomé

    Director

    Líder en investigación clínica y emprendedor en tecnología médica con amplia experiencia en dispositivos médicos, diagnósticos in vitro y medicina de precisión, con experiencia en estudios a nivel mundial.
    Industry Insights & Regulatory Updates